Las primeras viviendas del Plan Vive de Madrid reciben más de 24.000 solicitudes

20 de marzo de 2024
José Castro Luque


"Culmia" asegura que tiene de media 19 peticiones por cada piso que ha levantado en los municipios madrileños de Alcalá de Henares, Alcorcón, Getafe y Tres Cantos.



Los primeros pisos de alquiler asequible del Plan Vive de Madrid están generando una elevada demanda. Según los datos de la promotora Culmia, a pocas semanas de entregar las primeras promociones que están en fases más avanzadas de comercialización y asignación, cada vivienda cuenta de media con 19 solicitudes.

En concreto, la compañía ha recibido ya 24.111 solicitudes para un total de 1.275 viviendas ubicadas en los municipios madrileños de Alcalá de Henares, Alcorcón, Getafe y Tres Cantos.

Hasta la fecha, la promoción de Alcorcón ha sido la que más solicitudes ha registrado, con un total de 11.675 familias demandantes para 274 viviendas. En este activo se está completando el proceso de asignación y, a mediados de marzo, se espera hacer entrega de las primeras viviendas.

La segunda con mayor volumen de peticiones es la de Getafe, que suma 5.061 peticiones para 492 unidades, y cuyo de proceso de solicitudes está todavía abierto. En el caso de las 300 viviendas de Alcalá de Henares, se han contabilizado ya 4.243 solicitudes para las 300 viviendas disponibles, mientras que la promoción residencial de Tres Cantos ha registrado también un alto número de demandantes, con 3.132 peticiones para 209 viviendas.

En las próximas semanas, también iniciará su fase de comercialización la promoción de San Sebastián de los Reyes, la quinta y última que forma el total de las 1.763 viviendas del lote 3 de la primera fase del Plan VIVE de la Comunidad de Madrid. 

Según explica Jaume Borràs, director de negocio de Culmia, “la buena acogida inicial de estas primeras promociones es la constatación de que se hace necesario continuar desarrollando proyectos de alquiler asequible en colaboración público-privada como el Plan Vive, ya que la demanda multiplica la oferta actual de manera extraordinaria".



Cómo son las viviendas del Plan Vive


El Plan Vive es un proyecto impulsado por la Comunidad de Madrid que busca ampliar el parque de viviendas destinadas a alquiler a precios asequibles, a través de la colaboración público-privada con concesiones a 50 años. Las primeras 1.763 viviendas en régimen de alquiler asequible están repartidas en 12 parcelas de titularidad pública, ubicadas en San Sebastián de los Reyes (1), Tres Cantos (1), Alcorcón (2), Alcalá de Henares (2) y Getafe (6), que están siendo desarrolladas por la promotora Culmia. 

Estos pisos van destinados principalmente a menores de 35 años y mayores de 65 años, aunque una parte estará reservada a víctimas de violencia de género o personas con movilidad reducida.

Entre sus características destaca que tienen entre uno y tres dormitorios, e incluyen plaza de garaje y trastero. Tienen zonas comunes, como piscina, gimnasio y jardín, y se entregan sin amueblar, aunque sí disponen de armarios. Las cocinas sí están equipadas y los baños cuentan con plato de ducha, y disponen normalmente de terraza. Las viviendas cuentan además con elevados estándares de eficiencia y sostenibilidad.





En lo que se refiere a las rentas, los precios dependerán de dónde se encuentre la promoción y la superficie de la vivienda, aunque en términos generales son hasta un 40% más bajos que los de mercado. Lo que también especifica la web es que "se repercutirán los gastos de los servicios comunitarios (limpieza, mantenimiento, jardinería, piscina, gimnasio, conserjería, suministros de las zonas comunes, etc.) hasta un máximo del 18% de la renta mensual. Asimismo, el concesionario repercutirá a los arrendatarios mediante un prorrateo mensual sin ningún sobrecargo adicional -más allá del límite anteriormente previsto-, el importe del Impuesto de Bienes Inmuebles y de las tasas de basuras u otras tasas municipales a las viviendas correspondientes a la finca". 


Requisitos para acceder a los pisos del Plan Vive


Los requisitos de acceso a una vivienda del Plan Vive vienen regulados en el artículo 7 del decreto 84/2020, de 7 de octubre, de la Comunidad de Madrid. Según explica el portal ConVive Madrid, de la propia Comunidad de Madrid, "es importante cumplir con estos requisitos para asegurar la elegibilidad y poder optar a una vivienda que se ajuste a las necesidades de los ciudadanos". Estos son los principales:

  • Mayoría de edad. Los solicitantes deben ser mayores de edad o menores emancipados.

  • Residencia legal. Tener nacionalidad española o bien, residencia legal en España.

  • Residencia habitual. Es necesario que la vivienda solicitada se convierta en la residencia habitual y carecer de otra vivienda en todo el territorio.
  • Límite de gasto. Otro requisito es que el pago de la renta total anual no puede superar el 35% de los ingresos netos anuales de la unidad de convivencia.

  • Empadronamiento. Según el portal, tendrán prioridad aquellos empadronados y/o que tengan su centro de trabajo en el municipio al que se opta a una vivienda con una antigüedad mínima de 3 años.

  • Límite de ingresos. Hay que cumplir con los límites de ingresos brutos establecido, según el tipo de vivienda. En líneas generales, es necesario tener unos ingresos brutos -entre todos los miembros de la unidad de convivencia del solicitante- que supongan como mínimo 1,5 veces IPREM y como máximo 5,5 veces el IPREM, si se trata de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio básico (VPPB); o 7,5 veces IPREM si se tratara de viviendas con protección pública para arrendamiento de precio limitado (VPPL).


    Dónde se hace la solicitud de los pisos


    Las inscripciones se realizan de forma online en la propia web ConVive Madrid.


    Procedimiento de adjudicación de los pisos del Plan Vive



    Tras su construcción, la comercialización y gestión posterior de estas viviendas corre a cargo de Sogeviso, uno de los principales 'servicers' del sector inmobiliario, especializado en la gestión socialmente responsable y económicamente sostenible de carteras de inmuebles.

    Una vez enviada la solicitud, el proceso continúa con tres fases: asignación de la vivienda; oferta de vivienda y requerimiento de acreditación documental y formalización del contrato de alquiler.

    1. Asignación de vivienda: la asignación de viviendas se realizará siguiendo el orden cronológico de inscripción y siempre que se cumplan con los requisitos de acceso a una vivienda de la ubicación escogida. 
    2. Oferta de vivienda y requerimiento de acreditación documental. Si al solicitante finalmente se le adjudica una vivienda, recibirá información vía correo electrónico sobre las características del inmueble en cuestión y deberá presentar la documentación necesaria para la acreditación de requisitos en un plazo máximo de 10 días naturales desde el requerimiento.
    3. Formalización del contrato de alquiler. Una vez que se acrediten todos los requisitos en tiempo y forma se procederá a la firma del contrato de alquiler de forma digital. El compromiso es entregar las llaves de la vivienda en un plazo máximo de 3 meses desde la firma. 


    Documentación para la acreditación de requisitos


    Los solicitantes a los que se les haya asignado una vivienda recibirán una notificación a través del correo electrónico que hayan indicado en la inscripción donde se detalla la documentación necesaria que hay que presentar en formato digital para la acreditación de requisitos.

    La documentación variará en función de las características de la unidad de convivencia, aunque conviene conocer toda la que se puede solicitar para tenerla preparada y poder presentarla en el plazo marcado (10 días). En concreto, se trata de:

    • Autorización de tratamientos de carácter personal
    • Fotocopia por ambas caras del DNI o permiso de residencia en vigor. En el caso de extranjeros, el Certificado del Registro Central de Extranjeros
    • Certificado de discapacidad 
    • Acreditación de concesión de emancipación
    • Dictamen de necesidad de adaptación de la vivienda
    • Título de familia numerosa
    • Libro de familia o declaración responsable de unidad de convivencia no familiar
    • Sentencia judicial de separación o divorcio
    • Declaración de la renta (IRPF)
    • Otra información sobre los ingresos (nóminas, certificado de pensión, declaraciones responsables, etc)
    • Informe de vida laboral
    • Certificado de titularidades a favor del arrendatario y miembros de la unidad de convivencia, o Informe de no Titularidad del Registro 
    • Nota simple del Registro de la Propiedad referente a las titularidades
    • Empadronamiento y/o contrato de trabajo



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