Renta 2023-2024 - Como y cuando solicitarla??

28 de febrero de 2024
José Castro Luque


Te contamos cómo conseguir el borrador de la declaración de la renta de 2023 y las vías que existen para obtenerlo.

El borrador de la declaración de la renta hace referencia a una propuesta de declaración llevada a cabo mediante una serie de datos personales, familiares y económicos de los que dispone Hacienda. Tal y como indica su nombre, se trata de un borrador y, por tanto, su resultado es provisional.

Pero, ¿Cómo conseguir el borrador de la declaración de la Renta? En este artículo te contamos cómo obtenerlo, los plazos y algunos detalles relevantes sobre el mencionado documento.


¿Cómo conseguir el borrador de la Declaración de la Renta?

Se pueden presentar las declaraciones vía online a través de la web de la Agencia Tributaria. Para ello, habrá que fijarse en el apartado que indica “Gestiones destacadas” y clicar sobre “Servicio tramitación de borrador / declaración (Renta WEB)”. Se debe disponer de alguno de los siguientes métodos para obtener el borrador: 

Cómo conseguir el borrador de la Renta con certificado digital

El certificado electrónico es expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM). Una vez instalado en tu ordenador, su uso es muy sencillo y podrás llevar a cabo tus trámites tributarios mediante este sistema de identificación. Solo tendrás que pinchar en la opción “Acceda con certificado o DNI electrónico” y seguir los pasos.

Cómo acceder al borrador de la Renta con el número de referencia

El número de referencia es un sistema de autenticación e identificación para personas físicas. Puedes obtenerlo consultando la casilla 505 de tu declaración de la Renta de 2022. En caso de que no realizaras declaración de la renta durante el pasado ejercicio, deberás utilizar el número IBAN de una cuenta bancaria de la que seas titular.

Cómo obtener el borrador de la declaración con Cl@ve PIN

Este método te permite realizar trámites burocráticos por Internet con una validez limitada en el tiempo. Deberás descargarte la aplicación y te llegará un pin al teléfono móvil que tendrás que introducir para poder acceder al borrador.

Si es la primera vez que haces la declaración de la renta, habrá que confirmar los datos correspondientes al domicilio fiscal y los datos identificativos del contribuyente y de los componentes de la unidad familiar. Una vez hecho esto, hay que pinchar en la opción “borrador/declaración” y rellenar todos los datos correspondientes sobre la situación personal y familiar, si es individual o conjunta y los que sean necesarios sobre los ingresos y el patrimonio. Si la AEAT necesita más datos, el declarante recibirá una notificación en su pantalla.


Pedir el borrador de la Renta de forma presencial

No será hasta el miércoles 29 de mayo que se pueda pedir cita previa para presentar el borrador de la renta de forma presencial en una oficina de la Agencia Tributaria. Para ello habrá que llamar a los teléfonos 901 22 33 44 y 91 553 00 71 o en la web de la Agencia Tributaria. A partir del lunes 3 de junio se empezarán a presentar las declaraciones por esta vía.


Hacer la Declaración de la Renta por teléfono


A partir del 29 de abril hasta el 28 de junio se podrá pedir cita previa para hacer la declaración de la renta de forma telefónica. El 7 de mayo comenzarán las declaraciones por teléfono. Esta opción es recomendable para aquellas personas que precisen de ayuda, ya que contarán con la guía de un empleado de la Agencia Tributaria. Se puede pedir cita previa llamando a los teléfonos 901 12 12 24 y 91 535 73 26 o en la página web del organismo.


¿Para quién es obligatorio hacer la declaración de la renta?

Lo más común es que todos los trabajadores tengan que presentar el borrador de la declaración de la renta. Para concentrar la cuestión, deberán realizar la Declaración de la Renta de 2023:

  • Los trabajadores por cuenta ajena que hayan percibido un sueldo superior a los 22.000 euros durante el año 2023.
  • En caso de que haya dos o más pagadores el contribuyente está obligado a presentar el IRPF si ingresa, en total, más de 14.000 euros brutos durante al año, siempre que su segundo pagador o el conjunto de sus siguientes pagadores hayan abonado más de 1.500 euros durante todo el ejercicio fiscal. En caso de que el segundo pagador haya abonado menos de 1.500 euros durante el año, se aplicará el límite general de 22.000 euros anuales.
  • Las personas que obtengan ingresos patrimoniales o de rendimiento de capital mobiliario de más de 1.600 euros al año. 
  • Aquellos que hayan percibido como mínimo 1.000 euros brutos en 2023 de rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras del Tesoro o subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado.


¿Cuándo se puede solicitar el borrador de la Renta en 2024?


La Campaña de la Renta 2023-2024 comenzará el próximo 3 de abril y se extenderá hasta el 1 de julio. Según el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria, se podrá pedir el borrador de la Declaración de la Renta por internet desde el mismo miércoles 3 de abril. Por otro lado, se podrá realizar de manera presencial desde el 3 de junio hasta el 1 de junio (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 28 de junio). También se podrá hacer por teléfono desde el 7 de mayo (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 28 de junio).


¿Cómo consultar el borrador de la declaración de la Renta?

Para consultar el borrador, modificarlo o presentar la declaración, deberás seleccionar la opción "Borrador/Declaración" en la página de Renta Web.

Por otro lado, si hiciste la Declaración de la Renta el ejercicio pasado y marcaste la casilla correspondiente, este año te llegará a casa por correo ordinario un borrador de tu declaración para 2023-2024. De modo que, una vez lo recibas, puedes entrar en la web de la Agencia Tributaria o llamar por teléfono para confirmarlo o modificar algún dato.




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